Nota de prensa del Servicio Federal para la Cooperación Técnico-Militar (SFCTM) de Rusia sobre el incumplimiento por parte de Eslovaquia de sus obligaciones contractuales y de los estándares internacionales de control de la exportación
Nota de prensa del Servicio Federal para la Cooperación Técnico-Militar (SFCTM) de Rusia
sobre el incumplimiento por parte de Eslovaquia de sus obligaciones contractuales
y de los estándares internacionales de control de la exportación
Comentando la publicación del Ministerio de Defensa de Eslovaquia sobre el envío de la primera entrega de aviones MiG-29 a Ucrania, el SFCTM de Rusia ha puesto en evidencia un grave incumplimiento por parte de Eslovaquia de sus obligaciones internacionales sobre la reexportación de armamento de fabricación rusa, recogidas en el artículo 6 del Acuerdo entre el Gobierno de la Federación Rusa y el Gobierno de la República Eslovaca sobre Cooperación Técnico-Militar, de 29 de abril de 1997: «cada una de las Partes del Acuerdo se abstendrá de vender o transmitir a terceros países armamento y maquinaria militar, documentación técnica relacionada con su fabricación, datos y materiales obtenidos como resultado de dicha cooperación bilateral técnico-militar sin la aprobación por escrito de la otra Parte…»
Al mismo tiempo, el ministro de Defensa de Eslovaquia, J. Nad´, ha declarado que «en los archivos del ministerio [de Defensa de Eslovaquia] no se ha encontrado dicho documento».
En nuestra opinión, los mencionados resultados de la «investigación» de la Parte eslovaca pueden suponer un intento de J. Nad´ por crear confusión
entre la comunidad internacional.
En relación con lo expuesto, estamos dispuestos a cooperar con la Parte eslovaca enviando una copia del original del documento intergubernamental correspondiente que obra en los archivos de la Federación Rusa.
Al mismo tiempo, declaramos que el suministro de aviones caza MiG-29 a Eslovaquia se realizó a tenor del contrato firmado con el Ministerio de Defensa de Eslovaquia de 8 de julio de 1993. En el artículo 14.6 del mencionado contrato está recogida la cláusula siguiente: «el contratante no venderá o transmitirá oficialmente o
de facto los bienes especiales y documentación técnica o información sobre dichos bienes a terceros países, y no permitirá el uso de estos bienes especiales y documentación técnica a un tercer país o cualquier persona física o jurídica, excepto a funcionarios o
especialistas del contratante».
De esta manera, se trata no solamente del incumplimiento por parte de Bratislava del Acuerdo intergubernamental correspondiente, sino también del de las obligaciones contractuales asumidas.
Además, en el año 2009, el Ministerio de Defensa de Eslovaquia celebró un contrato con
АО «RSK «MiG», S.A. sobre servicios garantizados para aviones MiG-29 de las Fuerzas Aéreas Eslovacas.
Durante todo este periodo, la Parte rusa ha cumplido fielmente sus obligaciones de mantenimiento de dicha maquinaria aérea, conservando su capacidad de combate.
Sin embargo, el año pasado la Parte eslovaca anunció la disolución del mencionado Acuerdo. Asimismo, permanecen sin resolverse los aspectos de la devolución a la Parte rusa de equipos valiosos exportados para
asegurar el debido mantenimiento de aviones en el contexto de las cláusulas del contrato, así como también los aspectos del pago por los servicios prestados hasta la fecha.
A pesar de las numerosas propuestas del SFCTM de Rusia y de los contratantes rusos para normalizar la situación actual, el Ministerio de Defensa de Eslovaquia elude cualquier negociación y la resolución de dichos aspectos. Los equipos suministrados en condiciones de importación temporal siguen siendo retenidos ilegalmente por la Parte eslovaca y pueden ser enviados por esta a Ucrania.
Según nuestra valoración, dichos argumentos ponen en evidencia el incumplimiento por la Parte eslovaca de sus obligaciones contractuales y, además, de los estándares internacionales de control de la exportación.